Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO I

Art. 11

En vigor desde 2 oct 2016
Para ser miembro del Gobierno se requiere ser español, mayor de edad, disfrutar de los derechos de sufragio activo y pasivo, así como no estar inhabilitado para ejercer empleo o cargo público por sentencia judicial firme y reunir el resto de requisitos de idoneidad previstos en la Ley 3/2015, de 30 de marzo, reguladora del ejercicio del alto cargo de la Administración General del Estado. Téngase en cuenta que esta última actualización, establecida por la disposición final 3.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre. Ref. BOE-A-2015-10566#dftercera ., entra en vigor el 2 de octubre de 2016, según determina la disposición final 18 de la citada ley. Redacción anterior: "Para ser miembro del Gobierno se requiere ser español, mayor de edad, disfrutar de los derechos de sufragio activo y pasivo, así como no estar inhabilitado para ejercer empleo o cargo público por sentencia judicial firme." Se modifica, con efectos de 2 de octubre de 2016, por la disposición final 3.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre. Ref. BOE-A-2015-10566#dftercera .

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eli/es/l/1997/11/27/50#art-11

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