Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO X›Secc. Sección 1.ª De las cooperativas de trabajo asociado
Art. 123
En vigor desde 14 abr 2023
Si una cooperativa de trabajo asociado cesa, por causas que no le son imputables, en un contrato de servicios o concesión administrativa y una nueva empresa se hace cargo, las personas socias trabajadoras afectadas porque están desarrollando en la misma su actividad tienen los mismos derechos y deberes que les hubieran correspondido si hubieran sido trabajadoras por cuenta ajena, de acuerdo con la legislación estatal aplicable.
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Proeli/es-ib/l/2023/03/08/5#art-123