Título TÍTULO XIII

Art. Disposición adicional novena

En vigor desde 17 feb 2024
Se declaran a extinguir del Cuerpo Técnico Facultativo, la opción Ayudantes de Patrimonio Histórico; del Cuerpo Auxiliar Técnico, las opciones de Medio Ambiente y de Informática; y el Cuerpo de Auxiliares de Seguridad. El Consejo de Gobierno procederá, en su caso, a su reordenación y clasificación integrándolos en los cuerpos que tengan asignados igual titulación académica y retribuciones similares. La declaración a extinguir de los Cuerpos que se mencionan no supondrá una merma retributiva para el personal afectado. Se modifica por el art. 275.13 del Decreto-ley 3/2024, de 6 de febrero. Ref. BOJA-b-2024-90030

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eli/es-an/l/2023/06/07/5#disposicion-adicional-novena

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