Título TÍTULO XIII

Art. Disposición adicional décima

En vigor desde 14 dic 2023
1. Se modificará la relación de puestos de trabajo para adscribir los puestos a los cuerpos y especialidades que correspondan de acuerdo con la clasificación legal establecida. 2. El personal funcionario que a la entrada en vigor de esta ley ocupe un puesto con carácter definitivo con funciones distintas a las de su cuerpo o especialidad podrá seguir desempeñando el puesto hasta su cese.
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eli/es-an/l/2023/06/07/5#disposicion-adicional-decima

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