Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO II

Art. 12

En vigor desde 14 ago 2022
Las políticas de juventud en el ámbito autonómico se desarrollan mediante los consejos insulares, las consejerías del Gobierno de las Illes Balears y el Instituto Balear de la Juventud, en coordinación con los ayuntamientos.
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eli/es-ib/l/2022/07/08/5#art-12

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