Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO I

Art. 9

En vigor desde 21 dic 2022
La Agencia tiene como objeto la ejecución de medidas, en el ámbito de las competencias autonómicas, para la implementación y cumplimiento de la política de residuos de la Comunitat Valenciana de acuerdo con lo establecido en esta ley y las disposiciones que la desarrollen, y la normativa básica estatal en materia de residuos, siguiendo las directrices de política general del Consejo y siempre que no sean la gestión directa de un servicio público.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-vc/l/2022/11/29/5#art-9

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil