Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO VI
Art. 140
En vigor desde 2 oct 2021
El patrimonio de las fundaciones públicas de la comunidad autónoma se regirá por el derecho privado, por las normas contenidas en esta ley, en la normativa de patrimonio de Aragón y en su normativa específica.
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Proeli/es-ar/l/2021/06/29/5#art-140