Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 3.ª Las entidades de derecho público

Art. 116

En vigor desde 2 oct 2021
Las entidades de derecho público aplicarán el régimen presupuestario, económico-financiero, de contabilidad y de control establecido en legislación de hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ar/l/2021/06/29/5#art-116

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil