Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO IVSecc. Sección 2.ª Tasa sobre rifas, tómbolas, apuestas y combinaciones aleatorias

Art. Disposición final segunda

En vigor desde 1 ene 2022
La presente Ley entrará en vigor el día 1 de enero de 2022, excepto los artículos 41, 43, 49 y 50 relativos al impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados, que entrarán en vigor el día siguiente al de su publicación en «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía».
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