Capítulo CAPÍTULO I
Art. 9
En vigor desde 19 oct 2021
1. La Administración de la Comunidad generará cauces para la participación de las organizaciones del Tercer Sector Social en el desarrollo de proyectos de innovación y experimentación en la respuesta a las necesidades sociales.
2. Se establecerán fórmulas de colaboración entre las Administraciones públicas y las organizaciones del Tercer Sector a través de formas innovadoras en la gestión de proyectos compartidos, especialmente en proyectos europeos en donde esa participación se desarrolla en un marco de cooperación internacional.
3. Se fomentará asimismo la cooperación para la innovación social de entidades del Tercer Sector Social con entidades del ámbito privado.
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Proeli/es-cl/l/2021/09/14/5#art-9