Capítulo CAPÍTULO I
Art. 2
En vigor desde 31 dic 2017
La presente ley será aplicable a las actividades de impulso y estímulo económico promovidas por la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y los entes públicos que conforman el sector público regional previstos en el artículo 4 del texto refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, destinadas a fomentar proyectos presentados por entidades y empresas que realicen actuaciones cuya finalidad sea promover el empleo y la actividad económica en las zonas que se definan como prioritarias en virtud de lo dispuesto en esta ley, siempre que no se perciban otras ayudas financieras, y si lo hacen, sean compatibles y acumulables, en los términos previstos por la legislación nacional y comunitaria sobre la materia.
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Proeli/es-cm/l/2017/11/30/5#art-2