Título TÍTULO ÚNICO
Art. 6
En vigor desde 31 may 2016
Las consellerias competentes en materia de hacienda y de transparencia desarrollarán las medidas necesarias para la puesta en marcha y el cumplimiento de esta ley.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-vc/l/2016/05/06/5#art-6