Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección segunda. De la disolución del régimen de comunicación de bienes
Art. Disposición transitoria sexta
En vigor desde 3 oct 2015
Los derechos de troncalidad sobre las sepulturas que actualmente subsisten se regirán por las disposiciones de la Ley 3/1992, de 1 de julio, del Derecho Civil Foral del País Vasco.
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