Libro LIBRO IITítulo TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO VI

Art. 172

En vigor desde 8 feb 2019
La suscripción de convenios urbanísticos está sujeta a las limitaciones de esta ley y a las que derivan de las disposiciones generales que los regulan en derecho, en particular a lo dispuesto en la legislación del Estado sobre el suelo, y a la legislación básica del régimen local. Se modifica por el art. único y el anexo.96 de la Ley 1/2019, de 5 de febrero. Ref. BOE-A-2019-2784 Su anterior numeración era .

Tus anotaciones

Pro

eli/es-vc/l/2014/07/25/5#art-172

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil