Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO I

Art. 64

En vigor desde 9 may 2013
Son infracciones por incumplimiento de obligaciones o prohibiciones contractuales legales: a) Incluir en los contratos con consumidores reenvíos a condiciones generales o características contenidas en textos o documentos que no se faciliten previa o simultáneamente a la conclusión del contrato o sin permitir al adherente una posibilidad efectiva de conocer su existencia, alcance y contenido en el momento de la celebración de aquel. b) Introducir cláusulas abusivas en los contratos. c) Realizar ventas a domicilio prohibidas, así como incumplir las condiciones y requisitos de cualquier contratación a distancia según la normativa aplicable. d) El uso de prácticas comerciales desleales con los consumidores.
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eli/es-ri/l/2013/04/12/5#art-64

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