Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO III

Art. 39

En vigor desde 1 ene 2011
La Dirección General de Presupuestos y Finanzas elaborará un plan de disposición fondos del tesoro público regional en términos análogos a lo establecido para la administración local en el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y disposiciones de desarrollo. Lo someterá a la aprobación del Consejo de Gobierno antes del 30 de marzo de 2011.
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eli/es-mc/l/2010/12/27/5#art-39

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