Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO I

Art. 67

En vigor desde 4 nov 2006
En suelo urbanizable no delimitado el Plan General Municipal contendrá las siguientes determinaciones: a) Criterios para delimitar los correspondientes sectores, tales como los relativos a magnitud, usos, intensidad de uso, dotaciones, equipamientos, sistemas generales que deban ejecutarse y conexiones con los mismos, así como prioridades para garantizar un desarrollo urbano racional. b) Previsión para dotaciones de sistema general con una superficie mínima del 5 por 100 de la superficie total del sector, con independencia de las dotaciones locales del sector. c) Señalamiento de usos incompatibles con los previstos en las distintas clases de suelo y con la estructura general.
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eli/es-ri/l/2006/05/02/5#art-67

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