Título TÍTULO VIII

Art. Disposición transitoria novena

En vigor desde 1 ago 2005
Las solicitudes de traslados de oficinas de farmacia presentadas con anterioridad a la entrada en vigor de esta Ley se resolverán de acuerdo con la normativa vigente en el momento de su presentación.
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eli/es-cm/l/2005/06/27/5#disposicion-transitoria-novena

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