Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO III
Art. Disposición adicional cuarta
En vigor desde 1 nov 2002
Las actividades, obras y proyectos sujetos a Evaluación de Impacto Ambiental contemplados en la legislación sectorial vigente y, en concreto, en el Plan Especial de Protección del Medio Ambiente Natural de La Rioja de 1988; Ley 2/1995, de Protección y Desarrollo del Patrimonio Forestal de La Rioja, y Ley 2/1991, de Carreteras de La Rioja, se ajustarán a las prescripciones contenidas en la presente Ley.
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Proeli/es-ri/l/2002/10/08/5#disposicion-adicional-cuarta