Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 66
En vigor desde 5 may 1999
Los terrenos reservados en el planeamiento para sistemas generales y demás dotaciones urbanísticas públicas, podrán ser obtenidos:
a) Por cesión gratuita mediante alguno de los sistemas de actuación previstos en este Título.
b) Mediante expropiación forzosa, conforme a la legislación del Estado.
c) Mediante ocupación directa, conforme a lo previsto en el artículo 93.
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Tus anotaciones
Proeli/es-cl/l/1999/04/08/5#art-66