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Art. 32

En vigor desde 6 may 1998
El Plan de Puertos contendrá el estudio de las características del litoral de Cataluña, el análisis a nivel indicativo de la demanda de embarcaciones y puntos de amarre, las previsiones de evolución, el análisis de los diferentes tramos de la costa catalana y los criterios para protegerla desde un punto de vista ecológico y ambiental.
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eli/es-ct/l/1998/04/17/5#art-32

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