Título TÍTULO VI
Art. Disposición final segunda
En vigor desde 5 dic 1997
El Pleno del Consejo Económico y Social de Andalucía elaborará, en el plazo de dos meses desde su constitución, el Reglamento de Organización y Funcionamiento, para cuya aprobación requerirá en primera votación la mayoría de dos tercios de los miembros del Pleno del Consejo y en segunda votación la mayoría absoluta de aquéllos. A efectos de general conocimiento se publicará en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía».
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Proeli/es-an/l/1997/11/26/5#disposicion-final-segunda