Título TÍTULO VIICapítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 2.ª De las actuaciones relativas a la contratación

Art. 319

En vigor desde 6 nov 1997
Los pliegos y documentos que contengan las prescripciones técnicas particulares que tengan que regir la ejecución de la prestación serán elaborados, de conformidad con los requisitos que para cada contrato establece la legislación estatal básica en materia de contratación, con anterioridad a la autorización del gasto, correspondiendo su aprobación al órgano de contratación competente.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ga/l/1997/07/22/5#art-319

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil