Art. 1
En vigor desde 20 ene 1997
Se crea el Colegio Profesional de Protésicos Dentales del Principado de Asturias, como corporación de derecho público, con personalidad jurídica propia y con plena capacidad para el cumplimiento de sus fines.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-as/l/1996/12/27/5#art-1