Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 4
En vigor desde 19 may 1994
Los poderes públicos diseñarán y llevarán a cabo campañas informativas y formativas y demás actividades dirigidas a sensibilizar a la ciudadanía, y especialmente al conjunto de la comunidad educativa, sobre las responsabilidades públicas y la necesaria colaboración en materia de prevención y extinción de incendios.
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Proeli/es-ct/l/1994/05/04/5#art-4