Título TITULO I

Art. 3

En vigor desde 7 jul 1993
Los Centros que componen la Universidad de Jaén impartirán, como punto de partida, las enseñanzas conducentes a la obtención de los siguientes títulos: a) Facultad de Ciencias Experimentales: Licenciado en Biología. Licenciado en Química. b) Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educación: Maestro: Especialidad Educación Infantil. Maestro: Especialidad Educación Primaria. Maestro: Especialidad Lengua Extranjera. Maestro: Especialidad Educación Física. Licenciado en Psicopedagogía. Licenciado en Humanidades. Licenciado en Filología Inglesa. c) Facultad de Ciencias Sociales y Jurídicas: Licenciado en Derecho. Licenciado en Dirección y Administración de Empresas. Diplomado en Ciencias Empresariales. Diplomado en Relaciones Laborales. d) Escuela Politécnica Superior: Ingeniero técnico en Mecánica. Ingeniero técnico en Electricidad. Ingeniero técnico en Electrónica Industrial. Ingeniero técnico en Topografía. Ingeniero técnico en Informática de Gestión. Ingeniero en Geodesia y Cartografía. e) Escuela Universitaria Politécnica (Linares): Ingeniero técnico en Mecánica. Ingeniero técnico en Electricidad. Ingeniero técnico en Química Industrial. Ingeniero técnico en Sondeos y Prospecciones Mineras. Ingeniero técnico en Explotaciones de Minas. Ingeniero técnico en Mineralurgia y Metalurgia. Ingeniero técnico en Telemática. f) Escuela Universitaria de Enfermería: Diplomado en Enfermería.
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eli/es-an/l/1993/07/01/5#art-3

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