Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 4.ª Obligaciones de la Hacienda Pública estatal
Art. 22
En vigor desde 1 ene 2005
1. Las obligaciones de la Hacienda Pública estatal se extinguen por las causas contempladas en el Código Civil y en el resto del ordenamiento jurídico.
2. La gestión de los créditos presupuestarios en orden a extinguir las obligaciones de la Hacienda Pública estatal se realizará de conformidad con lo dispuesto en el título II de esta ley y disposiciones de desarrollo.
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Proeli/es/l/2003/11/26/47#art-22