Capítulo CAPÍTULO ISecc. Sección 3.ª Fomento de la eficiencia en el mercado de seguros

Art. 10

En vigor desde 24 nov 2002
Primero. Se suprime el Organismo autónomo «Comisión Liquidadora de Entidades Aseguradoras», cuyas funciones, patrimonio y personal se asumirán a partir de la entrada en vigor de la presente Ley por la entidad pública empresarial «Consorcio de Compensación de Seguros». Segundo. Todas las referencias a la Comisión Liquidadora de Entidades Aseguradoras contenidas en la legislación vigente se entenderán hechas al Consorcio de Compensación de Seguros.
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eli/es/l/2002/11/22/44#art-10

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