Título TÍTULO VIII
Art. Disposición derogatoria única
En vigor desde 18 ene 2007
Quedan derogados:
1. El Real Decreto 2930/1979, de 29 de diciembre, por el que se revisa la tarifa de primas para la cotización a la Seguridad Social por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
2. La Disposición adicional cuadragésima novena, Iniciativa de Modernización de Destinos Turísticos Maduros del Litoral Español, de la Ley 2/2004, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2005.
3. El artículo vigésimo cuarto, Iniciativa de apoyo a los destinos turísticos maduros, de la Ley 24/2005, de 18 de noviembre, de reformas para el impulso de la productividad.
4. La Disposición adicional sexagésima tercera, Modalidades de Financiación de los Destinos turísticos consolidados, de la Ley 30/2005, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2006.
5. Cuantas disposiciones se opongan a lo previsto en la presente Ley.
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Proeli/es/l/2006/12/28/42#disposicion-derogatoria-unica