Título TÍTULO VIII

Art. Disposición adicional trigésima segunda

En vigor desde 18 ene 2007
Uno. La dotación del Fondo para Inversiones en el Exterior se incrementa en 30.000 miles de euros en el año 2007. El Comité Ejecutivo del Fondo para Inversiones en el Exterior podrá aprobar durante el año 2007 operaciones por un importe total máximo de 180.000 miles de euros. Dos. La dotación del Fondo para Operaciones de Inversión en el Exterior de la Pequeña y Mediana y Empresa no se incrementa en el año 2007. El Comité Ejecutivo del Fondo de Operaciones de Inversión en el Exterior de la Pequeña y Mediana Empresa podrá aprobar durante el año 2007 operaciones por un importe total máximo de 15.000 miles de euros.
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eli/es/l/2006/12/28/42#disposicion-adicional-trigesima-segunda

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