Título TÍTULO VI›Capítulo CAPÍTULO III
Art. 72
En vigor desde 18 ene 2007
Con efectos de 1 de enero de 2007 y vigencia indefinida, se modifica el artículo 35, apartado cinco, letra d), de la Ley 13/1996, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social, de creación de la tasa por inscripción y publicidad de asociaciones, que queda redactado en los siguientes términos:
«d) Por obtención de informaciones o certificaciones, o por examen de documentación, relativas a la asociación:10,50 euros.»
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Tus anotaciones
Proeli/es/l/2006/12/28/42#art-72