Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO IV
Art. Disposición adicional vigesimotercera
En vigor desde 1 ene 2021
La Sociedad de Salvamento y Seguridad Marítima (SASEMAR) preservará su naturaleza de entidad pública empresarial y, con las especialidades contenidas en su legislación específica, se regirá por las disposiciones aplicables a dichas entidades en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, a excepción de lo dispuesto en los artículos 103.1 y 107.3 de la Ley, exclusivamente en lo que se refiere a la financiación mayoritaria con ingresos de mercado.
Se añade por la disposición final 34.15 de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre. Ref. BOE-A-2020-17339#df-35
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Proeli/es/l/2015/10/01/40#disposicion-adicional-vigesimotercera