Título TÍTULO PRELIMINARCapítulo CAPÍTULO V

Art. 39

En vigor desde 2 oct 2016
Se entiende por portal de internet el punto de acceso electrónico cuya titularidad corresponda a una Administración Pública, organismo público o entidad de Derecho Público que permite el acceso a través de internet a la información publicada y, en su caso, a la sede electrónica correspondiente.
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eli/es/l/2015/10/01/40#art-39

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