Título TÍTULO III

Art. 31

En vigor desde 16 dic 2006
A fin de conseguir la complementariedad de las actuaciones y evitar la duplicidad de los programas y medidas de apoyo a favor de los españoles residentes en el exterior y de los retornados, los poderes públicos impulsarán el establecimiento de mecanismos de coordinación entre las distintas Administraciones Públicas competentes.
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eli/es/l/2006/12/14/40#art-31

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