Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO V
Art. Disposición final septuagésimo primera
En vigor desde 14 jul 2026
El Gobierno de las Illes Balears, mediante decreto del Consejo de Gobierno o mediante orden del consejero competente, según los casos, puede modificar las normas que contienen las disposiciones finales de esta ley por las que se modifiquen decretos u órdenes, respectivamente.
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Proeli/es-ib/l/2026/06/11/4#disposicion-final-septuagesimo-primera