Título TÍTULO IV

Art. Disposición adicional novena

En vigor desde 29 jul 2022
1. Por parte de la Consejería competente en materia de administración pública se adoptarán, en el plazo de tres meses desde la entrada en vigor de la presente ley, aquellas medidas organizativas necesarias para la correcta implementación, seguimiento y evaluación de las medidas en ella contenidas. 2. En todo caso, se incluirán cursos de formación de carácter permanente a los empleados públicos a través de los Planes Anuales de la Escuela de Administración Pública.
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eli/es-ex/l/2022/07/27/4#disposicion-adicional-novena

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