Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 6
En vigor desde 29 jul 2022
La Administración pública autonómica promoverá la implantación de instrumentos de gestión pública de acompañamiento individualizado a las personas y entidades particulares para la tramitación y ejecución de proyectos concretos o sectores específicos.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-ex/l/2022/07/27/4#art-6