Art. Disposición final tercera

En vigor desde 2 mar 2022
El Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19, se modifica en los siguientes términos: Uno. (Derogado) Dos. Se modifican las letras b) y c) del apartado 7 del artículo 1 bis, que quedan redactadas del modo siguiente: «b) Cuando se haya producido en un inmueble de propiedad de una persona física o jurídica que lo tenga cedido por cualquier título válido en derecho a una persona física que tuviere en él su domicilio habitual o segunda residencia debidamente acreditada. c) Cuando la entrada o permanencia en el inmueble se haya producido mediando intimidación o violencia sobre las personas.» Se deroga, con efectos de 2 de marzo de 2022, por la disposición derogatoria única del Real Decreto-ley 3/2022, de 1 de marzo. Ref. BOE-A-2022-3290#dd

Tus anotaciones

Pro

eli/es/l/2022/02/25/4#disposicion-final-tercera

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil