Art. Disposición final séptima

En vigor desde 2 mar 2022
La presente ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», a excepción del apartado diez del artículo primero, de modificación de la letra b) del artículo 80 del texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, que entrará en vigor en el plazo de tres meses desde su publicación.
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