Título TÍTULO V

Art. Disposición adicional tercera

En vigor desde 5 ago 2021
La cesión del crédito que exige el artículo 50, apartado 4, de la Ley 7/2020, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2021, no será de aplicación en los casos en que la provisión del puesto de trabajo obedezca a la cobertura de necesidades de personal relacionadas con el incremento de la carga de trabajo provocado por la gestión de proyectos financiados con fondos «Next Generation EU».
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-cn/l/2021/08/02/4#disposicion-adicional-tercera

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil