Título TÍTULO VI

Art. 38

En vigor desde 9 ago 2020
1. Corresponde a la Agencia de Investigación e Innovación de Castilla-La Mancha el ejercicio de las competencias que se le asignen desde la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en materia de investigación, desarrollo tecnológico e innovación, sin perjuicio y/o menoscabo de las competencias atribuidas por la legislación básica del Estado y de Castilla-La Mancha a otros entes regionales del sistema regional de I+D+i. 2. Podrán ser funciones de la Agencia de Investigación e Innovación de Castilla-La Mancha las que se recojan de forma más detallada en su estatuto propio de acuerdo en todo caso con las siguientes definiciones: a) La gestión de los programas, instrumentos y actuaciones que se le adjudiquen en el marco de los Planes o Estrategias Regionales de I+D+i o cualquier otro que le sea asignado por la Administración Regional o los que deriven de los convenios de colaboración celebrados con otras entidades o de otras actuaciones, mediante la asignación equitativa de recursos disponibles. b) La gestión económica y presupuestaria y el control económico-financiero de los instrumentos y actuaciones que le correspondan. c) La organización y gestión de la evaluación científico-técnica ex ante y ex post de las propuestas, actuaciones o iniciativas cuando proceda utilizar criterios de evaluación basados en méritos científicos y técnicos internacionalmente reconocidos así como aquellos criterios que establezcan las correspondientes convocatorias, bien con medios propios o conviniendo actuaciones o contratos con otros organismos regionales, nacionales o internacionales con capacidad para llevarla a cabo. d) La verificación, seguimiento y evaluación posterior de las actividades financiadas por la Agencia de Investigación e Innovación de Castilla-La Mancha y su impacto científico, técnico y socio-económico, así como el control de la justificación del cumplimiento de las condiciones y objetivos de las ayudas recibidas. e) La difusión y comunicación de los resultados de sus actividades y de los resultados de la investigación financiada por la Agencia de Investigación e Innovación de Castilla-La Mancha. f) El seguimiento de la gestión, financiación, justificación y resultados de cuantas actuaciones sean directamente ejecutadas por la Agencia de Investigación e Innovación de Castilla-La Mancha así como el asesoramiento sobre las mismas. g) La gestión de las actuaciones destinadas a fomentar la colaboración, intercambio, circulación, difusión y explotación del conocimiento científico y técnico y la innovación entre los agentes del sistema regional de I+D+i. h) El mantenimiento, actualización y difusión, en coordinación con otros agentes del sistema regional de I+D+i de servicios de vigilancia tecnológica, manteniendo una base de datos relativa a investigadores regionales y empresas innovadoras así como los proyectos ejecutados por ambos colectivos regionales, de forma individual o en consorcio, independientemente de la fuente de financiación de los mismos. i) El apoyo a las gestiones realizadas por los agentes del sistema regional de I+D+i orientadas a la protección y explotación de los resultados de la investigación, especialmente con la Oficina Española de Patentes y Marcas. j) La participación, colaboración y asesoramiento en reuniones y foros nacionales e internacionales relacionados con las materias propias a su objeto y fines. k) La promoción, coordinación y difusión de las actividades de divulgación científica llevadas a cabo por los distintos agentes regionales. l) La elaboración, propuesta, coordinación, ejecución y control de los planes de sensibilización, divulgación y formación en materia de ciencia y tecnología, promovidos por el Gobierno Regional. m) La propuesta, impulso y gestión de convenios o acuerdos con entidades financieras para el desarrollo de programas de investigación científica, desarrollo tecnológico e innovación. n) La realización de las actividades o la prestación de los servicios que le sean encomendados por la Administración Regional, o en virtud de contratos, convenios y en general negocios jurídicos, por otras entidades. o) La gestión de las actuaciones de I+D+i co-financiadas con fondos europeos y de las resultantes de la participación regional en programas nacionales o internacionales. p) Cualquier otra función que le sea encomendada. 3. Para el cumplimiento de sus funciones la Agencia de Investigación e Innovación de Castilla-La Mancha podrá recabar la colaboración de otros agentes del sistema regional de I+D+i, que puedan facilitar sus cometidos.
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eli/es-cm/l/2020/07/10/4#art-38

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