Título TÍTULO VII

Art. Disposición final segunda

En vigor desde 15 may 2018
Las entidades que desarrollen programas de acción voluntaria deberán adecuar sus normas de funcionamiento interno a las previsiones de esta ley en el plazo de un año desde la entrada en vigor de la misma.
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eli/es-an/l/2018/05/08/4#disposicion-final-segunda

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