Título TÍTULO VICapítulo CAPÍTULO II

Art. Disposición final primera

En vigor desde 13 abr 2018
Se faculta al Gobierno de La Rioja para que, en el plazo de doce meses desde la entrada en vigor de esta ley, dicte cuantas disposiciones sean necesarias para su aplicación y desarrollo.
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eli/es-ri/l/2018/04/10/4#disposicion-final-primera

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