Título TITULO VIII
Art. 40
En vigor desde 19 jul 2017
1. Forman parte del objeto de la presente ley la accesibilidad y el diseño en el ámbito del acceso a la formación y educación.
2. Las administraciones públicas adoptarán las medidas necesarias para garantizar la efectiva accesibilidad universal de cualquier persona a su formación y educación.
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Proeli/es-mc/l/2017/06/27/4#art-40