Título TÍTULO VICapítulo CAPÍTULO ISecc. Sección 2.ª Requisitos previos

Art. 306

En vigor desde 1 sept 2017
1. Las actuaciones sobre medio urbano podrán estar delimitadas y ordenadas por cualquiera de los instrumentos urbanísticos previstos en la presente ley. 2. Asimismo, podrán ser delimitadas y ordenadas por los programas de actuación sobre medio urbano regulados en el artículo siguiente. 3. Las actuaciones podrán ser continuas, discontinuas o aisladas.
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eli/es-cn/l/2017/07/13/4#art-306

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