Título TÍTULO VI›Capítulo CAPÍTULO I›Secc. Sección 1.ª Clases y personas implicadas
Art. 304
En vigor desde 1 sept 2017
Estarán obligados a realizar las obras comprendidas en una actuación sobre el medio urbano, según corresponda, los propietarios o titulares de derechos de uso otorgados por los mismos, las comunidades de propietarios o sus agrupaciones, las cooperativas de viviendas o las administraciones públicas.
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Proeli/es-cn/l/2017/07/13/4#art-304