Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 3.ª Sistema de compensación

Art. 225

En vigor desde 1 sept 2017
En el sistema de compensación, los propietarios que representen el 50% o más de la superficie del sector, ámbito o unidad de actuación, según proceda, aportarán los terrenos de cesión obligatoria y gratuita, realizarán a su costa la urbanización en los términos que resulten del planeamiento de ordenación urbanística y el proyecto de urbanización y se constituirán en junta de compensación.
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eli/es-cn/l/2017/07/13/4#art-225

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