Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO VISecc. Sección 1.ª Disposiciones generales

Art. 134

En vigor desde 1 sept 2017
1. La ordenación urbanística se complementa con los siguientes instrumentos: a) Los estudios de detalle. b) Los catálogos. c) Las ordenanzas municipales de edificación y urbanización. 2. Igualmente, la ordenación podrá ser complementada y, en su caso, completada por ordenanzas provisionales insulares y municipales en los supuestos establecidos por esta ley.
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eli/es-cn/l/2017/07/13/4#art-134

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