Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 3.ª Procedimiento sancionador

Art. Disposición final primera

En vigor desde 11 abr 2015
La regulación del funcionamiento del Registro de Actividades Comerciales de Aragón se realizará por Orden del Departamento competente en la materia.
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eli/es-ar/l/2015/03/25/4#disposicion-final-primera

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