Título TÍTULO III
Art. 35
En vigor desde 8 jul 2012
Las normas tributarias contempladas en este título se aplicarán a los derechos regulados en el título II, sin perjuicio de lo dispuesto en los Tratados y Convenios internacionales en los que España sea parte.
En lo no previsto en el presente título, se aplicarán las disposiciones tributarias generales.
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Proeli/es/l/2012/07/06/4#art-35